2008/01/06

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  • ¿Con qué autoridad?
  • Público, 2008-01-06 # Juana Angulo Fernández · Unión Nacional de Asociaciones Familiares (UNAF) / Yolanda Besteiro de la Fuente · Federación de Mujeres Progresistas (FMP) / Ana Mª Pérez del Campo Noriega · Federación de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas

Los obispos se han lanzado a la calle. No es la primera vez. Pero esta vez lo han hecho con todo descaro, no agazapados, sino convocando al pueblo a manifestarse. Y le han hablado. Micrófono en mano, atronando a la gente con sus soflamas. Y le han dicho cosas tremebundas. Mas lo importante no es que hayan intentado dividir, sembrando la discordia entre la población diciéndole cosas tremendas. Lo que importa es el género de cosas sobre las cuales han vociferado los obispos. Somos muchas las entidades, organizaciones y organismos que nos manifestamos en la calle para decir a la ciudadanía lo que nos corresponde según la representación que ostentamos. Que en un caso serán los intereses de los trabajadores o los del mercado y el capital; en otro serán los intereses de España en Europa y en el mundo; la orientación política del país, la interpretación gubernamental de las normas constitucionales, la defensa ética de la sociedad, la lucha contra el terrorismo etarra o el machista, el No a la Guerra, etc.; en fin, cosas que a todos nos atañen, y a las que la representación de nuestras organizaciones convocantes está autorizada por el hecho de haber sido democráticamente elegida para ello.


Los representantes de los partidos políticos no se atreverían a convocar manifestaciones callejeras para recabar la subida salarial de los obreros del metal, porque ésa es competencia de los sindicatos. De la misma manera que las representaciones de las ONG de Mujeres no se lanzarían a reivindicar en concentraciones callejeras la reforma del Reglamento del Senado, para lo que tampoco están autorizadas por sus respectivos estatutos. En cambio, esas mismas ONG podrían legítimamente recabar en manifestaciones públicas la reforma de leyes como la de divorcio o la del aborto, porque ambas son cuestiones que directa y estatutariamente les conciernen como colectivo social.


Pues bien, en la última concentración convocada por los obispos españoles, lo que éstos lanzaron a la multitud fue todo un género de ataques a la labor de la actual legislatura, a la interpretación de los legisladores sobre las normas constitucionales, a la aplicación de los derechos humanos, o a la discrepancia de la política gubernamental con la moral católica sobre la familia. Pero los oradores, que podían haber dicho todas esas cosas con todo su derecho desde los púlpitos en sus templos y catedrales, cometieron el gravísimo atentado de abrir debate público con semejantes diatribas sin autoridad legítima alguna para ello, visto que ninguno de los prelados disponía de la elección del pueblo soberano para desempeñar semejante cometido en espacio público del Estado democrático y social de Derecho que es España por virtud del artículo 1 de la Constitución vigente.


Los obispos y prelados convocantes de la asamblea a cielo abierto de la plaza madrileña de Colón, y los oradores que en el acto se expresaron, lo hacían arrogándose la autoridad moral de una religión que no está reconocida constitucionalmente como oficial del Estado, y por la potestad autocrática de una ficción jurídica que es el Estado de la Ciudad del Vaticano, con la intrusión del jefe de dicho sedicente Estado en el acto multitudinario por el moderno sistema de la videocomunicación, rompiendo normas fundamentales que el ordenamiento español reprueba. Ni los convocantes del acto podían escudarse en el derecho a la libertad de expresión, dado que no se expresaron como ciudadanos particulares sino revestidos de los signos distintivos de su religión y como jerarcas de su Iglesia; es decir, en nombre y por cuenta de la organización que representan, a tales efectos como cualquier ONG, que es lo que en el Estado de derecho no confesional son las diferentes confesiones religiosas. Y tampoco pueden invocar los aludidos cardenales de la Iglesia católica y los obispos de la Conferencia Episcopal Española sus aportaciones de cooperación con los fines sociales del Estado a que se refiere el artículo 16.3 de la Constitución, cuando la línea directriz y la práctica totalidad de los mensajes lanzados a la multitud no fueron precisamente de colaboración –sino más bien de extorsión– al estar abiertamente dirigidos a combatir al Gobierno legítimo elegido por los españoles, y en una sintonía política perfectamente identificable con las tesis doctrinales y las consignas sostenidas en la presente legislatura por el primer partido de la oposición.


Frente a un suceso tan grave de la vida nacional, no cabe más que la defensa contundente de parte del Gobierno. Como se haría con cualquier otra intromisión asamblearia semejante en la política nacional bajo los signos y jerarquías de cualesquiera de las otras asociaciones religiosas reconocidas, incluida videoconferencia de un jefe del Estado extranjero. ¿O soportaría el atentado a su independencia política un Gobierno de España impasible, sin proceder a llamar de inmediato a consultas a su embajador correspondiente para revisar con toda urgencia la crisis internacional abierta? En el caso de las relaciones España-Vaticano la solución es clara: la denuncia formal de los Acuerdos concordatarios de 1979, como enteramente incompatibles con los artículos de la Constitución que antes se han citado, dado el menosprecio que la Iglesia demuestra haber hecho de los mismos. Lo reclama la dignidad del Estado. El más elemental sentido de la democracia. Y el derecho de los ciudadanos.

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