2008/05/08

> Berria: Adopzioa > EL CONSEJO DE EUROPA ABRE LA POSIBILIDAD DE LA ADOPCION A PAREJAS HOMOSEXUALES

  • El Consejo de Europa abre la posibilidad de la adopción a parejas homosexuales
  • También se abrió el derecho de adoptar niños a personas solteras y a parejas no casadas. El secretario general del Consejo lo calificó de "avance considerable". La edad mínima del que adopta debe situarse entre los 18 y 30 años.
  • 20 Minutos, 2008-05-08

El Consejo de Europa abrió el derecho de adoptar niños a personas solteras y a parejas no casadas pero ligadas por un pacto reconocido, según el nuevo convenio adoptado hoy por esta institución. Además, los Estados tendrán libertad de extender el alcance del convenio a la adopción de niños por parejas homosexuales o heterosexuales que convivan en una relación estable.


La diferencia de edad entre el adoptado y el que adopta debería ser preferiblemente de, al menos, 16 años


Este texto, que actualiza el convenio de 1967 sobre la adopción para incorporar las evoluciones sociales y económicas de los últimos 40 años, fue aprobado por el Comité de Ministros, integrado por los representantes de los 47 Estados miembros del Consejo.


En palabras de la subsecretaria general de la organización, Maud de Boer-Buquicchio, el nuevo convenio mejora los procedimientos para la adopción nacional al hacerlos "más transparentes y eficaces y evitando los abusos", lo que también entraña una mejora de las condiciones para la adopción internacional.


"Avance considerable"
Por su parte, el secretario general del Consejo, Terry Davis, calificó de "avance considerable" que el nuevo texto abra la posibilidad de extender a personas solteras el derecho de adoptar un niño. Entre las novedades que introduce el nuevo texto está la exigencia del consentimiento del padre del niño a adoptar, aunque el pequeño haya nacido fuera del matrimonio.


Asimismo, es necesario el consentimiento del niño, si tiene el "discernimiento" suficiente, según el texto. El texto provee también un "mejor equilibrio" entre el derecho del niño adoptado a conocer su identidad y el de sus padres biológicos de permanecer en el anonimato, indica el Consejo de Europa.


Por otra parte, la edad mínima del que adopta debe situarse entre los 18 y 30 años. La diferencia de edad entre el adoptado y el que adopta debería ser preferiblemente de, al menos, 16 años. El nuevo convenio quedará abierto a la firma de los Estados integrantes del Consejo de Europa en una fecha que se fijará a mediados de noviembre, cuando Suecia entregue a España la presidencia semestral de esta institución.

No hay comentarios: